IMPORTANTE

La empresa municipal de comercio para modificar la gestión administrativa en los establecimientos gastronómicos que prestan servicio al Sistema de Atención a la Familia, debe seguir los pasos siguientes:

  • Divulgar en sus perfiles institucionales, en los medios de prensa, el portal del Gobierno y otros, la posibilidad de gestión por otros actores económicos, de servicio al Sistema de Atención a la Familia (SAF) en establecimientos gastronómicos. Incluye la relación y ubicación de todos estos establecimientos del municipio.
  • Recibir en un término de 7 días hábiles los proyectos de los interesados.
  • Determinar a partir de la evaluación de los proyectos recibidos si realiza una Licitación mediante convocatoria pública o restringida.
  • Elaborar el Pliego de Licitación que contiene entre otras informaciones las condiciones y los requisitos para gestionar un establecimiento gastronómico que presta servicio al Sistema de Atención a la Familia (SAF).
  • Realizar el Proceso de Licitación mediante convocatoria pública o restringida.
  • Crear las condiciones para asegurar la recepción de las ofertas y la selección de los oferentes con mejores resultados en su Proyecto, con la participación de la Dirección Municipal de Comercio (estatal); en un término de 10 días hábiles contados a partir de la fecha en que inicio la convocatoria.
  • Participar en la presentación de la propuesta, del oferente seleccionado, que realiza la Dirección Municipal de Comercio ante el Grupo de Atención a las Políticas Sociales de la Demarcación del Consejo Popular, para su aprobación.
  • Participar, junto a la Dirección Municipal de Comercio, en la presentación de la propuesta que realiza el Grupo de Atención a las Políticas Sociales de la Demarcación del Consejo Popular, al Consejo de Administración Municipal, para su aprobación.
  • Informar a los oferentes ganadores.
  • Definir:

🔹Tratamiento a los insumos y Activos Fijos Tangibles existentes en el establecimiento.

🔹Estatus de los trabajadores del establecimiento.

🔹Cancelación de los contratos de suministros y de servicios al establecimiento, según corresponda, para su actualización por el nuevo actor económico adjudicado al establecimiento licitado.

  • Firmar contrato con el (adjudicatario), donde las partes pactan entre otros:
  • La prestación del servicio al Sistema de Atención a la Familia, en correspondencia con el Acuerdo 10418/2026 del Consejo de Ministros y la Resolución 14/2026 del Mincin.
  • Términos sobre el uso del inmueble.
  • Plan de mantenimiento constructivo para el establecimiento y recuperación del equipamiento tecnológico.
  • Tratamiento a los insumos y Activos Fijos Tangibles existentes en el establecimiento.
  • Relación del oferente con los factores de la comunidad y organismos vinculantes al programa SAF.
  • Uso del Manual de Identidad que incluye el Identificador Gráfico.
  • Uso de Fuentes de Energía Renovable para la gestión del servicio.

Consulte las disposiciones jurídicas en este enlace:

https://www.mincin.gob.cu/es/marco-normativo

Ministerio del Comercio Interior/ Perfil de Facebook

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