La Fiscalía Provincial de Guantánamo, en cumplimiento al mandato constitucional definido en el artículo 156, que dispone dentro de la misión el control de la investigación penal, conoció del delito de asesinato acontecido en la Escuela Pedagógica José Marcelino Maceo Grajales, donde resultó víctima Rolando Castelví Riñat, profesor que se encontraba asegurando la guardia obrera del centro.

Cumpliendo lo establecido en la Ley del Proceso Penal, se aseguró con la medida cautelar de prisión provisional a los imputados y se realizó el control a la investigación, para comprobar el cumplimiento del debido proceso, garantizar la transparencia, el estricto cumplimiento de la ley y evitar la impunidad.

Se ejercerá la acción penal pública una vez concluidas las investigaciones ante el tribunal competente, solicitándose sanciones en correspondencia con la gravedad de los hechos, las circunstancias y las características individuales de los autores.

La violencia nunca será justificada, la vida es el bien jurídico más preciado y en atención a ello el Código Penal Cubano, en su articulado, refuerza la severidad en el marco sancionador a emplear por los encargados de solicitar e impartir justicia.

Guantánamo, 3 de diciembre de 2025

Año 67 de la Revolución

Fiscalía Provincial (ALH)

Tomado de Cubadebate

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