Durante largo tiempo la provincia de Matanzas se vio despojada injustamente de su costa sur.
La división política de Cuba en provincias ocurrió en 1878, establecida por el Real Decreto que se promulgó el 9 de junio de ese año. Se crearon entonces seis provincias: Santiago de Cuba, Puerto Príncipe, Santa Clara, Matanzas, La Habana y Pinar del Río. Las capitales provinciales serían las ciudades de igual denominación. La Isla de Pinos quedó adscrita a la provincia de La Habana.

Aunque en su artículo tercero, este decreto planteó que “Los límites divisorios de estas provincias entre sí serán los que se determinan en la descripción detallada de los mismos, aprobada en esta fecha…”, eso no sucedió. Tampoco se cumplió el cuarto acápite, que estableció que había que marcar “…materialmente en el terreno los expresados límites de las provincias…”.
Desde esa fecha la provincia de Matanzas tuvo costa sur. Todo el extenso territorio de la península de Zapata formó parte integrante de su territorio. Sin embargo, la delimitación del Departamento Militar de Occidente introdujo una variante que habría de ser funesta en el futuro: no tuvo en cuenta esa zona dentro de sus límites. Así sucedió desde 1896.
El origen
El 17 de mayo de 1902 el general Leonard Wood, Gobernador Militar de Cuba, según la propuesta de sus secretarios de Estado, Gobernación y Obras Públicas, publicó la Orden Militar 167. Mediante ella, se estableció la “…línea de demarcación entre las Provincias de Matanzas y Santa Clara…”. Con ese objeto, en su segundo acápite, se determinó el inicio de la línea divisoria al norte,
“…en el Canal del Pargo, formado por el Cayo General Vives y el Cayo General Laborde; deja a la derecha el Cayo Matanceros y a su izquierda al Cayo Inglés y penetra en la Costa Norte de la Isla por la Punta de Umoa Machado…”.
Desde ese punto la división se dirigía en línea recta hacia el sur y, después de cruzar por varios lugares, llegaba hasta el río Hanábana, por cuyo curso continuaba. Al llegar entonces a la laguna del Tesoro, dicha línea tomaba entonces el curso del río Hatiguanico hasta su desembocadura en la ensenada de la Broa. Para esos límites se tuvieron en cuenta los del Departamento Militar de Occidente en 1896. Por último, en el tercer acápite, la orden dispuso de forma terminante:
“Todas las cuestiones, tanto administrativas como judiciales, que hayan surgido con motivo de los límites entre las Provincias de Matanzas y Santa Clara, quedan por la presente Orden terminadas”.
Los primeros intentos
Más de 15 años después de emitida la Orden Militar que despojó a Matanzas de su costa sur, se sucedió el primer intento de rectificar esa injusticia histórica. En 1917 un grupo de vecinos solicitó al Consejo Provincial de Matanzas que solicitara al Congreso de la República la incorporación de la península y ciénaga de Zapata al municipio de Jagüey Grande. Propusieron, además, que para la división territorial se siguiera una línea entre la Laguna del Tesoro y la Bahía de Cochinos. Diez años después, en 1927, se creó un Comité Gestor para gestionar nuevamente esa incorporación. El 17 de julio de ese año la Cámara de Comercio de Jagüey Grande hizo gestiones para materializar ese deseo “…por razones naturales de índole geográfica”.

El 3 de diciembre de 1928, Prisciliano Piedra, miembro de la Cámara de Representantes, encabezó una proposición de ley dirigida a rectificar “…los límites de las provincias de Matanzas y Santa Clara…”. Sin embargo, la misma quedó “sobre la mesa”, ante la declaración de urgencia del debate de otras cuestiones legislativas. Se pudo presentar en enero de 1929, pero no fue aprobada.
En 1934 la Compañía Comercial Santa Teresa S. A., dedicada a la explotación de montes y minas, dirigió una carta, fechada el 23 de julio, al Secretario de Justicia, para abogar por la incorporación de la ciénaga de Zapata al municipio mencionado. En esa fecha se le hizo similar solicitud al doctor Pelayo Cuervo, Secretario de Gobernación.

Cuatro años después, en septiembre de 1938, Prisciliano Piedra insistió y presentó una nueva proposición de ley a la Cámara de Representantes, que reactivó la lucha de Matanzas por su costa sur. En esta oportunidad se propuso, además de rectificar los límites entre Matanzas y Santa Clara, derogar la orden 167 que privó a la provincia yumurina de su costa sur.
La propuesta se hizo acompañar por las firmas de un grupo de personas que apoyaba la propuesta. No obstante, el hecho de que la mayoría eran vecinos del Central Australia y no propiamente habitantes de la ciénaga de Zapata, fue utilizado por los enemigos del proyecto de ley para garantizar que no fuera aprobado.
En la Constituyente de 1940
La Convención Constituyente de 1940 fue el ámbito donde se volvió a reactivar el reclamo histórico de Matanzas por su costa sur. Fue el 22 de abril de 1940, fecha en que se debatió el artículo relativo a la división del territorio nacional en provincias. De manera previa se había presentado cuatro enmiendas a ese artículo. El delegado Jorge Mañach presentó una de ellas, dirigida a que no se definiera, en el texto constitucional, el número de provincias ni sus límites. Al comentar que en un futuro estos podían cambiar, destacó:
“¿Qué razón tenemos nosotros para establecer que no deba prosperar, por vía legislativa, la aspiración de la provincia de Matanzas, a que se segregue a su favor la Ciénaga de Zapata (no estoy pronunciando una opinión a favor de la tesis, conste); ¿qué razón hay, repito, para que no pudiera, para que no debiera ser considerada, por vía legislativa, la posibilidad de que eso fuera resuelto a su favor, evitando así que los obreros que hoy trabajan en la Ciénaga, tengan que ir a presentar su documentación en Santa Calara, en vez de ir a Matanzas?”.
A su vez, el matancero Manuel Mesa Medina expuso una enmienda dirigida, en lo esencial, a garantizar que Matanzas recuperara su costa sur al entrar en vigor la nueva Constitución. Esta propuesta planteó:
“El Delegado que suscribe, considerando que cada una de las seis provincias en que se divide el territorio nacional deben poseer por igual ambas costas de los lados Norte y Sur de la Islas, las respectivas porciones del litoral que naturalmente corresponden a las mismas y que la provincia de Matanzas, a virtud de la Orden Militar No. 167 de 17 de Mayo de 1901, perdió su legítimo derecho a la porción de costa sur que naturalmente le corresponde, tiene el honor de someter a la consideración de esta Asamblea Constituyente la siguiente:”
“Proposición de Enmienda. El Artículo No. 5 correspondiente al Título Primero «DE LA NACIÓN, SU TERRITORIO Y FORMA DE GOBIERNO», del dictamen emitido por la Comisión Coordinadora, quedará redactado de la forma siguiente:
Artículos No.—El territorio de la República se divide en seis provincias y estas en Términos Municipales. Las actuales provincias de denominarán: Pinar del Río, La Habana, Matanzas, Las Villas, Camagüey y Oriente, las cuales tendrán entre sus límites divisionarios, Costa Norte y Costa Sur en toda la extensión de sus respectivos territorios”.
Al intervenir en defensa de su proposición, Manuel Mesa Medina insistió, sobre todo, en los argumentos históricos:
“Hace cuarenta años que la provincia de Matanzas está reclamando una cosa justa, que por la ley le corresponde; no es que queremos quitarle nada a la provincia de Santa Clata, sino, precisamente, lo que realmente le corresponde a la de Matanzas”.
“La Convención Constituyente debe, en este momento, hacerle justicia y no (…) dejarlo para otra oportunidad, sino que ahora, precisamente, deben dársele los límites que le corresponden a la provincia de Matanzas, ya que el gobernador americano nos hizo, sin justicia, una Orden Militar, la 167, que nos tronchó precisamente una cosa que nos correspondía desde la constitución de la Isla de Cuba”.
“La provincia de Matanzas tiene derecho a la Bahía de Cochinos, que es su costa sur, de acuerdo con las leyes de 1925. Por lo tanto, esta Convención Constituyente de 1940 debe resolver los que no resolvió la del Uno, y que le quita por una Orden Militar la Ensenada de Cochinos para la provincia de Santa Clara”.
Otro representante matancero en la Convención Constituyente de 1940, el médico Mario E. Dihigo, también participó en el debate suscitado. Intervino en apoyo de la enmienda que presentó Manuel Mesa Medina. En sus palabras defender con vehemencia la necesidad de reincorporar a Matanzas el territorio de la ciénaga de Zapata. Consideró que la historia avalaba su posición y sostuvo que fue un “error” dejar a Matanzas sin su costa sur. En medio de debate argumentó:
“…no se trata de ningún sentimiento de provincia a provincia; quiero decir, que los habitantes de la Ciénaga de Zapata no tienen ningún motivo para preferir pertenecer bien a la Provincia de Santa Clara o a la de Matanzas; pero que existen obstáculos de orden geográfico que impiden completamente que la provincia de Santa Clara pueda atender a las necesidades de los habitantes que allí viven”.
Además, ejemplificó que había lugares de la Ciénaga que están a tres días de viaje de Cienfuegos, lo cual estimó algo innecesario. También señaló que la región pertenece al Cuarto Distrito Militar, asentado en Matanzas. Sin embargo, las razones históricas fueron las que más tuvo en cuenta. Sobre todo, la nulidad de la Orden Militar del 17 de mayo de 1902, en virtud de la cual Matanzas fue despojada de su costa sur:
“Si la Constitución que estamos redactando utiliza la misma frase «con los mismos límites», va entonces a convalidar un hecho que es a todas luces ilegal, porque esa orden No. 167, promulgada después de la Constitución, después que la Constitución fue aprobada, tiene que declararse nula y sin valor, puesto que se opone a ella”.
Además, Mario E. Dihigo presentó una Disposición Transitoria, en la cual enfatizó en la necesidad de corregir ese error histórico:
“A los efectos del artículo 6º. la línea divisoria entre las actuales provincias de Matanzas y Santa Clara será la determinada por el párrafo segundo de la Orden No. 157 de 17 de mayo de 1902, hasta la desembocadura del río Hanábana en la Laguna del Tesoro, y desde este punto continuará hacia el Sur, orillando la expresada laguna por el Este y el Sureste hasta encontrar el río Santa Teresa, y seguirá por el curso de este río hasta su desembocadura en la Bahía de Cochinos, donde terminará”.
“Esta disposición no será observada en las primeras elecciones que se celebren para cubrir cargos públicos después de la promulgación de esta Constitución”.
En defensa de esta Disposición Transitoria, Mario E. Dihigo argumentó:
“Nosotros no podemos retirar esta enmienda, ante esa promesa, ante esa posposición. Se trata de un hecho que constituye a lo largo de 295 años una determinación sin precedentes históricos, sin precedentes geográficos, sin precedentes administrativos ni políticos, que viene a determinar una profunda perturbación en las condiciones de vida de los habitantes de la Ciénaga de Zapata, que me aventuro a decir que probablemente ha sido y que constituye el núcleo de población más abandonado de la República de Cuba y más lejano de la civilización”.
Sometida a discusión la Enmienda, esta fue derrotada por 38 votos en contra y seis a favor. Lamentablemente no fue posible, en esa oportunidad, rectificar lo que Dihigo consideró una:
“…enormidad jurídica, geográfica, histórica y política en todos los aspectos que puedan considerarse. Esto constituye la anomalía de que sea la única provincia de la República de Cuba que carezca de costa sur, y estado los hombres que allí viven, obligados a una serie de circunstancias adversas para poder vivir debido a esa división arbitraria que se ha hecho”. (ALH)
Mario E. Dihigo, un médico matancero en la Constituyente de 1940
La batalla de Treserra
Durante la República el historiador José A. Treserra Pujadas fue un verdadero e incansable paladín en defensa de la costa sur matancera. En varias oportunidades presentó los argumentos históricos que sostenían la injusticia cometida y el daño que causaba a la provincia la ausencia de una salida al mar por su parte sur.

En el Primer Congreso Nacional de Geografía, convocado por la Sociedad Geográfica de Cuba y celebrado en La Habana los días 13 al 28 de octubre de 1942, José A. Treserra presentó el ensayo Reivindicación de la costa sur de Matanzas. Estudio geográfico, histórico y jurídico (1942), que después publicó en la imprenta yumurina de Ramón Soles. Esta edición corrió a cargo de la Junta de Cultura y Turismo del Gobierno Provincial de Matanzas.
Buena parte de esa información José A. Teserra la había dado a conocer en periódicos matanceros durante 1937 y la replicó en el libro Historia de Matanzas (1943). También la publicó en el extenso artículo “El derecho de Matanzas a su costa sur”, incluido en el capítulo “Porqué la Ciénaga de Zapata debe pertenecer a Matanzas”, que forma parte del libro Matanzas contemporánea. Guía provincial (1944).
En la argumentación histórica que sostuvo con gran pericia, Treserra se remontó a una ley de Indias del 8 de octubre de 1607, que estableció la creación de la gobernación de Occidente, con mar “…de una y otra parte”. Lo mismo sucedió en 1747, con una nueva división de dos grandes provincias civiles, la de Occidente o Habana y la de Oriente o Santiago de Cuba. Entre otros datos a favor, mencionó la historia y extensión de los límites territoriales de Cienfuegos, que nunca incluyeron la ciénaga de Zapata.
Insistió, sobre todo, en la Orden Militar de 1902 y la situación creada a partir de su promulgación, tres días antes de la instauración de la República. La consideró violatoria de la Constitución de 1901, que estableció que las provincias tendrían los mismos límites históricos de siempre. Sostuvo, con argumentos legales basados en las propias leyes cubanas, que “…la susodicha Orden resulta inobservable y por tanto nula, a partir del 20 de Mayo de 1902”.
De todo el texto, es necesario resaltar este párrafo:
“No hay una sola razón de ciencia que niegue a Matanzas el disfrute de sus ensenadas, bahías, caletas y surgideros del Sur, porque le vienen discernidos por la propia Naturaleza, cuyo veredicto irrefutable hubo de ilustrar la ley que la organizara en provincia, la cual, por consiguiente, le acordó asimismo, costa Norte y costa Sur; evitando que en el orden jurídico se produjera el privilegio que hoy existe”.
José A. Treserra fue, sin duda, un apasionado defensor del derecho de Matanzas a su costa sur. Esta fue una constante en su obra. Por los argumentos que ofreció a favor puede valorarse el tipo de historiador que fue. Su obra en ese sentido fue analítica y apasionada, justa y firme. Puso en conocimiento público los datos históricos que corroboraban, con solidez, la justicia de esa causa.
El final
Durante el período de la República Burguesa el reclamo matancero no fue atendido. Fueron variados los argumentos para no hacerlo. La nueva realidad política y social posterior a 1959 fue más propicia a esa causa. En 1970 se realizaron ajustes a los territorios de algunas provincias de Cuba y entre ellos estuvo la incorporación del territorio de la ciénaga de Zapata a Matanzas. José A. Treserra había muerto en 1956, pero de esa forma se cumplió un reclamo histórico del que fue vocero y paladín. En la actualidad es inconcebible que la península de Zapata no forme parte de Matanzas. Es nuestra. Siempre lo fue.

