Cuba publicó este miércoles en la Gaceta Oficial la Ley 187 de la Vivienda, una normativa que regula el acceso, la construcción, el uso, la conservación y la transmisión de los inmuebles, así como las políticas públicas para garantizar el derecho a una vivienda adecuada.
La disposición, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el 30 de julio, reafirma la responsabilidad del Estado en el desarrollo de programas constructivos dirigidos a reducir el déficit habitacional, con la participación de la población y de otros actores económicos.
Entre sus principales novedades, la ley reconoce el derecho de las personas naturales a tener hasta dos viviendas en propiedad, sin perjuicio de la vivienda de descanso o veraneo que esté declarada como tal en el título de propiedad.
La normativa incorpora, además, las inmobiliarias y las cooperativas de viviendas entre las formas de gestión que participan en el Programa Nacional de Desarrollo Habitacional, junto con el sector estatal, el esfuerzo propio de la población, las microbrigadas y las empresas privadas, entre otras.
Otro de los aspectos que establece es la posibilidad de que los propietarios cedan gratuitamente el uso de sus viviendas mediante un contrato de comodato, formalizado ante notario e inscrito en el Registro Central de la Propiedad de Bienes Inmuebles.
La ley también contempla la mediación como vía alternativa para resolver controversias entre titulares de inmuebles, de acuerdo con la legislación correspondiente. Esta opción no procede en los casos en que exista violencia de género o familiar o un desequilibrio de poder que afecte la voluntariedad de las partes.
La normativa establece que el Estado hará efectivo el derecho a una vivienda adecuada mediante programas de construcción, rehabilitación y conservación, y promueve la diversificación de las modalidades de acceso y financiamiento habitacional.
La Ley 187 entrará en vigor siete días después de su publicación en la Gaceta Oficial.
Junto con ella, la edición ordinaria número 86 publica el Decreto 176, Reglamento General de la Ley de la Vivienda; el Decreto 177, Reglamento de la Propiedad Horizontal, y el Decreto 178, Reglamento de las Cooperativas de Viviendas. (ALH)
