Las nuevas disposiciones buscan crear condiciones para que los connacionales cubanos puedan involucrarse de manera más directa en actividades económicas dentro de la Isla, explicó el vice primer ministro y titular de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, Oscar Pérez-Oliva, al intervenir en el programa televisivo Mesa Redonda.
Los cubanos residentes en el exterior, aun cuando no tengan residencia efectiva en Cuba, podrán participar como socios o propietarios de empresas privadas en el país.
Pérez-Oliva precisó que podrán participar tanto en pequeños negocios como involucrarse en proyectos de mayor escala, incluidos emprendimientos vinculados a infraestructuras y otras iniciativas económicas de mayor envergadura.
Asociarse con empresas privadas cubanas mediante diferentes modalidades empresariales, establecer alianzas con entidades cubanas tanto estatales como privadas, lo que amplía las posibilidades de cooperación económica, enumeró el vice primer ministro.
En el caso de las actividades relacionadas con la tierra, detalló que se prevé la entrega de tierras en usufructo para el desarrollo de proyectos productivos, lo cual permitiría canalizar inversiones y experiencias de cubanos en el exterior hacia el sector agropecuario y otras áreas vinculadas.
Sobre el ámbito financiero se habilitará la participación de los cubanos residentes en el exterior en el sistema financiero-bancario cubano, podrán abrir cuentas bancarias en divisas en bancos nacionales, lo cual facilitará operaciones vinculadas a inversiones, negocios y otras actividades económicas dentro del país.
Pérez-Oliva aseguró que Cuba está abierta al comercio con empresas estadounidenses, en referencia a las potenciales oportunidades de intercambio económico, posibilidades condicionadas por las restricciones impuestas por el bloqueo económico, comercial y financiero de Estados Unidos contra Cuba.
Tales medidas pretenden ampliar las fuentes de financiamiento, dinamizar la economía, asi como fortalecer los vínculos económicos con la comunidad cubana residente en el exterior.
En detalle los cubanos residentes en el exterior podrán: asociarse con empresas privadas y cooperativas al amparo de la Ley de Inversión Extranjera.
Ser socios o dueños de empresas privadas, para lo cual deberán estar comprendidos en la condición migratoria de «inversores y de negocios» que establece la vigente Ley de Migración.
Participar en las diferentes modalidades financieras previstas en la legislación vigente, y a ese fin se les expedirá licencia del Banco Central de Cuba, al amparo del Decreto Ley 362 de 2018 “De las Instituciones del Sistema Bancario y Financiero”.
Obtener licencias para participar como proveedores de servicios de activos virtuales, abrir cuentas en divisas en bancos nacionales para el desarrollo de sus negocios en el país.
Invertir en fondos de inversiones administrados por una institución financiera y de esa forma contribuir al financiamiento de proyectos de interés que ofrezcan la rentabilidad que garantice el retorno del fondo.
Crear fondos con destino a proyectos de cooperación internacional con alcance local o nacional. (ALH)
