El Anteproyecto de Ley de la Vivienda, sometido desde enero a consulta popular digital, introduce cambios estructurales en la política habitacional cubana. Con un déficit superior a las 900 mil viviendas y más de un tercio del fondo habitacional en estado regular o malo, la nueva normativa —que derogaría la Ley General de 1988— busca modernizar la tenencia, ampliar derechos de propiedad y diversificar las fuentes de financiamiento.
A continuación, las preguntas y respuestas clave sobre la propuesta legislativa:
1. ¿Cuál es la novedad más significativa del anteproyecto?
La eliminación de la confiscación de viviendas por salida definitiva del país. Por primera vez, los cubanos emigrados podrán conservar, heredar y transmitir sus propiedades sin perderlas por el hecho de establecer residencia permanente en el extranjero. Esta medida, que durante décadas generó incertidumbre, equipara el trato a los emigrados con el de los residentes en la isla en materia de derechos patrimoniales.
2. ¿Qué cambios introduce en cuanto a la cantidad de viviendas que puede poseer una persona?
El anteproyecto permite a las personas naturales ser propietarias de hasta dos viviendas, sin contar la llamada “vivienda de descanso” —ubicada en zonas de playa, campo o montaña—, que podrá poseerse de manera independiente. Se amplían así las posibilidades de acumulación legal de inmuebles, hasta ahora severamente restringidas.
3. ¿Cómo se regula la transmisión de propiedades?
Se clarifican y flexibilizan las reglas para la venta, donación, permuta y herencia. Las viviendas de descanso tendrán los mismos derechos de transmisión que las residenciales, y todas podrán ser objeto de compraventa sin las trabas administrativas que hasta ahora caracterizaban el mercado inmobiliario cubano. Se reduce la discrecionalidad de los órganos locales y se establecen procedimientos más ágiles.
4. ¿Qué novedades incorpora el financiamiento para viviendas?
La ley introduce por primera vez la figura del financiamiento hipotecario, que permitirá a las familias adquirir o construir viviendas mediante créditos a largo plazo garantizados con el propio inmueble. Hasta ahora, las opciones se limitaban al ahorro personal, las remesas o la construcción progresiva. Este mecanismo se complementará con créditos bancarios tradicionales y subsidios estatales para sectores vulnerables.
5. ¿A quiénes están destinados los subsidios y beneficios especiales?
Se prioriza a damnificados por desastres naturales, familias en situación de hacinamiento, jóvenes en edad laboral, familias numerosas, adultos mayores, personas con discapacidad y víctimas de violencia doméstica. También se incluye un capítulo específico para el acceso de los jóvenes a la vivienda, reconociendo las barreras que enfrentan en el mercado inmobiliario. (ALH)
Tomado de Cubadebate
