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	<title>Gaceta Oficial archivos - TV Yumurí</title>
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		<title>Entra en vigor en Cuba Ley de Comunicación Social</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción TV Yumurí]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 04 Oct 2024 12:56:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuba]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Comunicación Social]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>En Cuba entró en vigor hoy la Ley de Comunicación Social, primera de su tipo...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>En Cuba entró en vigor hoy la Ley de Comunicación Social, primera de su tipo en el país y considerada un componente vital en el avance político, económico, social y cultural de la nación caribeña.</strong></p>
<p>Publicada en La Gaceta Oficial de la República en su edición Ordinaria No.48, el pasado cinco de junio, la norma jurídica incluye las regulaciones para la comunicación social en los ámbitos organizacional, mediático, comunitario, en el ciberespacio, así como la comunicación política, de bien público y la comunicación de crisis.</p>
<p>Asimismo, aborda el marco legal para el diseño de la comunicación visual e industrial, la imagen de la marca país, la publicidad y el patrocinio en diferentes ramas (como por ejemplo la cultura y el deporte), y la comunicación en la vía pública.</p>
<p>Trata además la regulación y control de los procesos de comunicación social, de lo cual se encarga el Instituto de Información y Comunicación Social (ICS).</p>
<p>De acuerdo con la vicepresidenta de ese organismo, Belkis Pérez, uno de los principales desafíos ante la implementación de esta ley ha sido el de completar la planilla de cuadros del instituto en cada uno de los municipios del país.</p>
<p>Pérez explicó en el programa radiotelevisivo Mesa Redonda que ha sido» un proceso de construcción colectiva y mutuo aprendizaje, todos los días vamos aprendiendo algo más, sobre todo a partir de que es un Instituto que no tiene una experiencia anterior».</p>
<p>La directora general de Comunicación Organizacional y Comunitaria del ICS, Anamaris Solórzano, subrayó que el instrumento jurídico contribuye a mejorar el sistema de comunicación, determinar los roles y responsabilidades de los comunicadores institucionales, y a asesorar para que todo funcione mejor.</p>
<p>Indicó en el espacio radiotelevisivo que la normativa delimita las responsabilidades y los modelos actuación en espacios públicos digitales de directivos e integrantes de instituciones, que en correspondencia al interés público de sus funciones, deban contemplar temas relacionados con la comunicación.</p>
<p>Por su parte, la subdirectora general de Publicidad y Patrocinio del ICS, Lorayne Izquierdo, detalló que podrán realizar publicidad aquellos actores económicos que están legalmente reconocidos en el país, estatales y no estatales.</p>
<blockquote><p>«Se permite la inserción y difusión de publicidad en los medios de comunicación social; el titular debe solicitar al presidente del instituto de información y comunicación social el autorizo para insertar y difundir publicidad», añadió.</p></blockquote>
<p>Izquierdo precisó que una parte importante a tener en cuenta en la práctica, son los sujetos protegidos por la ley como: los niños, las mujeres, personas adultas mayores y las que se encuentran en situación de discapacidad.</p>
<p>La Ley de Comunicación Social busca desarrollar habilidades comunicativas en la población cubana, facilitando una mejor comunicación y creando una sociedad capaz de ejercer el control popular.</p>
<p><a href="https://www.prensa-latina.cu/2024/10/04/entra-en-vigor-en-cuba-ley-de-comunicacion-social/"><strong><span style="color: #000080;">( Tomado de Prensa Latina)</span></strong></a></p>
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		<title>Cuba prórroga importación de artículos sin carácter comercial</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Lisania la Osa Llanes]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 28 Sep 2024 22:00:56 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuba]]></category>
		<category><![CDATA[Aduana General de la República]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[Importación de artículos sin carácter comercial]]></category>
		<category><![CDATA[Ministerio de Finanzas y Precios]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Gaceta Oficial informó la extensión hasta el 31 de enero de 2025 de la...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>La Gaceta Oficial informó la extensión hasta el 31 de enero de 2025 de la importación sin carácter comercial de insumos médicos, alimentos, aseo y equipaje acompañado con eliminación del pago del impuesto aduanero</strong>.</p>
<p>La prórroga incluye a esos productos que importan personas naturales ya sea por vía área, marítima o postal con un valor de 200 dólares estadounidenses o el peso correspondiente de hasta 20 kilogramos (kg).Como condición los artículos deberán presentarse en la aduana en paquetes separados al resto.</p>
<p>Los viajeros podrán importan sin carácter comercial hasta 500 dólares estadounidenses con respecto al peso equivalente y hasta 50 kg según establece la Aduana General de la República.</p>
<p>Además no pagarán impuesto por el peso equivalente a tres kg o los primeros 30 dólares del valor. De igual forma si pagarán un incremento del valor en la aduana para las importaciones no comerciales de personas naturales de hasta 500 dólares estadounidenses.</p>
<p>La medida entrará en vigor el próximo primero de octubre según establece la Resolución 311 del Ministerio de Finanzas y Precios, Gaceta Oficial.</p>
<p><a href="https://www.cubasi.cu/es/noticia/extiende-cuba-importacion-de-articulos-sin-caracter-comercial"><strong><span style="color: #000080;">( Con información de Cubasi)</span></strong></a></p>
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		<title>En vigor normativas para los actores económicos no estatales</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción TV Yumurí]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Sep 2024 03:00:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Crónicas]]></category>
		<category><![CDATA[actores económicos]]></category>
		<category><![CDATA[Formas de gestión no estatal]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[Normativa]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un grupo de normativas destinadas a ordenar y lograr la efectiva inserción de los actores...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Un grupo de normativas destinadas a ordenar y lograr la efectiva inserción de los actores económicos no estatales en la economía entrarán en vigor hoy, a un mes de su publicación en la Gaceta Oficial Ordinaria número 78 del 19 de agosto</strong>.</p>
<p>Los seis decretos-leyes, dos decretos y varias resoluciones complementarias emitidos entonces devienen una actualización de las disposiciones jurídicas adoptadas en 2021, máxime cuando hay que corregir distorsiones y lograr que la prosperidad de esas formas de gestión privadas transcurra en un ambiente de control y de respeto de las leyes, de legalidad.</p>
<p>Las mipymes se concibieron como actores económicos que complementen al sector estatal, principalmente desde la producción, señaló en la última sesión ordinaria de la Asamblea Nacional del Poder Popular Miguel Díaz-Canel, Primer Secretario del Comité Central del Partido y Presidente de la República.</p>
<p>Sin embargo, acotó, ahí hemos tenido una gran distorsión, buena parte de ellas se han dedicado a la comercialización de productos importados que, aunque resuelven carencias inmediatas de la ciudadanía, no aportan al desarrollo sostenible del país.</p>
<p>Datos oficiales indican que hasta agosto último se había aprobado 11,355 micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), de las cuales 11 046 son privadas y 238 estatales, en tanto 71 resultan cooperativas no agropecuarias (CNA).</p>
<p>En 126 municipios hay presencia de estos actores, y precisamente una de las modificaciones que desde hoy se implementan es la gradual descentralización de facultades a los gobiernos a ese nivel, con vistas a que también asuman la aprobación de las mipymes y CNA, pues hasta ahora solo lo hacían para el trabajo por cuenta propia.</p>
<p>Para ensayar o preparar en el mes transcurrido a sus cuadros en tan importante tarea, fueron escogidos como pilotos 15  municipios, uno por provincia, más el especial de la Isla de la Juventud.</p>
<p>De acuerdo con uno de los decretos desde hoy se jerarquiza la atención a este sector con la creación del Instituto de Actores Económicos no estatales, subordinado al Consejo de Ministros, y no solo para ejercer control, sino para ver sus necesidades y encaminarlo por si hay que rectificar o evaluar algunas normas.</p>
<p>Atendiendo a que no todos los territorios tienen recursos para sostener las actividades básicas, y que se necesitan ingresos en aras de reducir el déficit fiscal y con ello la inflación, el Ministerio de Finanzas y  Precios dispuso un grupo de normativas, que también se ponen en vigor ahora.</p>
<p>Están relacionadas con el tratamiento de los precios y las tarifas, con la contabilidad en los actores económicos no estatales y el tributo de los  trabajadores por cuenta propia así como con  el ejercicio de la pesca comercial.</p>
<p>Según las normativas se eliminan los beneficios fiscales en esas últimas figuras, es decir, las exoneraciones de impuestos pues está demostrado que desde su aprobación estos contribuyentes pueden aportar al fisco.</p>
<p>Para poder ejercer su actividad cada actor económico no estatal debe contar con cuentas bancarias fiscales.</p>
<p>Asimismo se introducen conceptos, obligaciones y derechos en correspondencia con la política aprobada para la actualización del Código de Trabajo, a la par que desde ahora se homogeniza el tratamiento en materia laboral, de seguridad social y contravencional para todos los actores del sector no estatal.</p>
<p>Otra de las modificaciones consiste en que los trabajadores por cuenta propia van a ser quienes son propietarios de los medios, el que tiene patrimonio propio. Los demás serán los trabajadores contratados, los asalariados, según explicó Marta Elena Feitó,  ministra de Trabajo y Seguridad Social.</p>
<p>Tampoco las actividades secundarias  pueden ir en detrimento de la principal, además de que en todo negocio se prohíbe la figura del testaferro, es decir, no se puede actuar en representación de un tercero, subrayó la funcionaria en una mesa redonda informativa.</p>
<p><a href="https://www.cubasi.cu/es/noticia/en-vigor-normativas-para-los-actores-economicos-no-estatales"><strong><span style="color: #000080;">(Tomado de Cubasi)</span></strong></a></p>
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		<title>Publican reglamento actualizado de la Ley de Seguridad Social</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción TV Yumurí]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 21 Feb 2024 01:00:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuba]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Seguridad Social]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Se incluye la disposición de que el pensionado por edad, de 60 años o más...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Se incluye la disposición de que el pensionado por edad, de 60 años o más de edad la mujer, y 65 años o más de edad el hombre, que acredita 30 años de servicios prestados, que se reincorpora a un cargo diferente al que desempeñaba al momento de solicitar su pensión o en un cargo de su perfil ocupacional, recibe la totalidad de la pensión y el salario del cargo que ocupa</strong></p>
<p>El reglamento actualizado de la Ley de Seguridad Social ha sido recogido en la Gaceta Oficial número 1, edición especial, publicada en días recientes, con el objetivo de regular los procedimientos para hacer efectivos los derechos de los sujetos beneficiarios de la legislación y definir las facultades de las autoridades e instituciones administrativas, a quienes corresponde su aplicación.</p>
<p>Los elementos modificados se encuentran detallados en el documento, donde se incluye la disposición de que el pensionado por edad, de 60 años o más de edad la mujer, y 65 años o más de edad el hombre, que acredita 30 años de servicios prestados, que se reincorpora a un cargo diferente al que desempeñaba al momento de solicitar su pensión o en un cargo de su perfil ocupacional, recibe la totalidad de la pensión y el salario del cargo que ocupa.</p>
<p>Se explica que igualmente procede el pago de la totalidad de la pensión y el salario cuando, sin cumplir estos requisitos, se encuentra legalmente autorizado, según corresponda, a desempeñar el mismo cargo que ocupaba antes de solicitar la pensión.</p>
<p>El incremento de la pensión se suma a la cuantía de la pensión que viene percibiendo.</p>
<p>De acuerdo con esto, por cada año de servicios prestados con anterioridad a alcanzar los 60 años de edad si es mujer, y 65 años de edad si es hombre, que acredita menos de 30 años de servicios, se le incrementa el 1 % del nuevo salario promedio.</p>
<p>Una vez alcanzados los requisitos de 60 años o más de edad si es mujer, y 65 años o más de edad si es hombre, y 30 años de servicios, se incrementa el 2 % del nuevo salario promedio, indica la norma.</p>
<p>Además, la cuantía del incremento de la pensión se determina sobre el salario promedio mensual, que resulte de los mayores salarios devengados por el trabajador durante un año como mínimo, seleccionados dentro del período laborado con posterioridad a su reincorporación laboral.</p>
<p>El Reglamento también deja claro que los certificados y dictámenes emitidos por la Comisión de peritaje Médico Laboral, debe estar asegurados por la administración en el expediente laboral de cada trabajador.</p>
<p>Asimismo, refiere a que «a los efectos del cálculo de los subsidios y pensiones se considera salario del trabajador, el total de lo efectivamente devengado por los distintos conceptos regulados en la legislación salarial vigente y que constituyen un gasto de la entidad donde labora, de otra institución o del Presupuesto del Estado».</p>
<p>El texto legal establece, entre otras disposiciones, que durante el período en que el trabajador percibe subsidio por enfermedad o accidente, las prestaciones monetarias por maternidad o garantía salarial, se considera como salario para el cálculo del subsidio y pensiones, el que le hubiera correspondido de haber laborado ese tiempo.</p>
<p><span style="color: #000080;"><a style="color: #000080;" href="https://www.granma.cu/cuba/2024-02-20/publican-reglamento-actualizado-de-la-ley-de-seguridad-social-20-02-2024-08-02-36">Claudia Thalía Suárez Fernández/ Granma</a></span></p>
<p>La entrada <a href="https://www.tvyumuri.cu/cuba/publican-reglamento-actualizado-de-la-ley-de-seguridad-social/">Publican reglamento actualizado de la Ley de Seguridad Social</a> se publicó primero en <a href="https://www.tvyumuri.cu">TV Yumurí</a>.</p>
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		<title>Aprueba Cuba Lista nacional de terroristas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción TV Yumurí]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Dec 2023 18:40:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuba]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[Lista Nacional de Terroristas]]></category>
		<category><![CDATA[TV Yumurí]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó este jueves la Resolución 19/2023 del...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó este jueves la Resolución 19/2023 del Ministerio del Interior, referida a la Lista Nacional de personas y entidades que han sido sometidas a investigaciones penales y se encuentran buscadas por las autoridades cubanas, a partir de su implicación en la promoción, planificación, organización, financiamiento, apoyo o comisión de actos materializados en el territorio nacional o en otros países.</p>
<p>La disposición normativa incluye a comisores de actos terroristas contra Cuba desde 1999 hasta la actualidad. Las causas jurídicas abiertas corresponden a la realización de agresiones contra hoteles y otros centros turísticos de La Habana, infiltración por las costas para ejecutar acciones violentas, atentados contra el Presidente de la República y otros funcionarios públicos, así como la promoción de maniobras militares contra la Mayor de las Antillas.</p>
<p>El listado señala, además, a responsables de incitar, organizar y financiar acciones que afectan el orden social en Cuba, mediante actos violentos contra funcionarios públicos y el normal funcionamiento de entidades.</p>
<p>Algunos de los terroristas citados en la publicación son Santiago Álvarez Fernández Magriñá, Ramón Saúl Sánchez Rizo, Ana Olema Hernández, William Cabrera González, Michel Naranjo Riverón y Eduardo Arias León.</p>
<p>También integran la lista Yamila Betancourt García, Alexander Otaola Casal, Orlando Gutiérrez Boronat, Eliecer Ávila, Liudmila Santiesteban Cruz, Manuel Milanés Pizonero, Alain Lambert Sánchez (Paparazzi cubano) y Jorge Ramón Batista Calero (Ultrack). Resalta la participación de estos en sabotajes y otras acciones punibles, por medio del reclutamiento de personas en el espacio digital.</p>
<p>Destaca la aparición en el documento de Alexander Alazo Baró, sujeto del Expediente Investigativo 27/2020, iniciado por el ataque con un arma de fuego a la embajada de Cuba en los Estados Unidos.</p>
<p>Los fundamentos legales de la medida se encuentran en la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas, relativa a la prevención y enfrentamiento al terrorismo y su financiamiento; el Código Penal cubano; así como el Decreto-Ley 317 del Consejo de Estado y la Resolución 16 del Ministro del Interior, para la detección y enfrentamiento al lavado de activos, el financiamiento al terrorismo, la proliferación de armas y al movimiento de capitales ilícitos. (ALH)</p>
<p><a href="https://www.granma.cu/cuba/2023-12-08/aprueba-cuba-lista-nacional-de-terroristas"><strong><span style="color: #333399;">Tomado de Granma</span></strong></a></p>
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		<title>Publica la Gaceta Oficial Decreto Ley de Costas y su reglamento</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción TV Yumurí]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Nov 2023 14:05:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Ciencia]]></category>
		<category><![CDATA[Decreto Ley de Costas]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[TVYumuri]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El número 108 de 2023 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, en...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>El número 108 de 2023 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, en su edición ordinaria, publica el decreto Ley 77 “De Costas” con el objeto de establecer el conjunto de mecanismos, acciones e instrumentos que deben aplicarse en la zona costera y de protección, dirigidos a su uso sostenible, así como a la protección de los asentamientos humanos, y los procesos de desarrollo económico y social en estas áreas.</strong></p>
<p>A los efectos de este Decreto-Ley, el Manejo Integrado Costero es una herramienta de administración y de control, cuyo fin es organizar las actividades y jerarquizar los intereses ambientales y socioeconómicos, en la que se consideran las particularidades de los ecosistemas presentes dentro de una región, un sector o una localidad de las zonas que se regulan, en función de dirigir el desarrollo sostenible de los territorios.</p>
<p>La Gaceta 108 también incluye el Reglamento del Decreto-Ley 77, tiene como objeto establecer las disposiciones reglamentarias que permitan proteger la zona costera, implementar el manejo integrado costero, la determinación de los límites, las autoridades responsables, las servidumbres, los componentes, los usos, autorizaciones, prevención de la contaminación, las señalizaciones y prohibiciones, así como el régimen de excepciones de la zona costera. (ALH)</p>
<p><a href="http://www.redciencia.cu/noticias/2023-11-7/publica-la-gaceta-oficial-decreto-ley-de-costas-y-su-reglamento/11992"><strong><span style="color: #000080;">Tomado de Redcien</span></strong></a></p>
<p>La entrada <a href="https://www.tvyumuri.cu/ciencia/gaceta-oficial-ley-costas/">Publica la Gaceta Oficial Decreto Ley de Costas y su reglamento</a> se publicó primero en <a href="https://www.tvyumuri.cu">TV Yumurí</a>.</p>
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		<item>
		<title>Establecen nueva norma para el registro de entidades comerciales en Cuba</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción TV Yumurí]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 02 Nov 2023 17:56:31 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuba]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[Mincin]]></category>
		<category><![CDATA[Registro Central Comercial]]></category>
		<category><![CDATA[TV Yumurí]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cuba publicó en Gaceta Oficial una nueva norma que establece como requisito para los establecimientos...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Cuba publicó en Gaceta Oficial una nueva norma que establece como requisito para los establecimientos comerciales objeto de inscripción en el Registro Central, temporal o permanente, poseer al menos una opción de pago en línea.</strong></p>
<p>De acuerdo con la Gaceta Oficial No 106 Ordinaria, las entidades a inscribirse en el Registro Central Comercial deben poseer al menos una de las pasarelas nacionales o terminales de punto de venta para la prestación de servicios.</p>
<p>Anteriormente, la viceministra del <a href="https://www.tvyumuri.cu/cuba/sistema-atencion-familia/"><span style="color: #000080;">Ministerio de Comercio Interior (Mincin)</span></a>, Inalvis Smith, explicó que la norma responde a la ampliación de la bancarización de las operaciones en el sistema de comercio, a partir de la puesta en vigor de la Resolución 111 del Banco Central de Cuba, un proceso que data desde 2020.</p>
<p>Sobre el Registro Central Comercial, explicó que es el ente emisor de las autorizaciones o licencias comerciales de acuerdo con el tipo de moneda para operar en estos establecimientos.</p>
<p>Smith precisó que ese nuevo requisito se corresponde con la voluntad de impulsar el desarrollo del comercio electrónico y reforzar los derechos del consumidor al contar con otras opciones de pago.</p>
<p>La nueva legislación abarca a todos los actores económicos (estatales y no estatales) que realizan la actividad de venta minorista y mayorista de mercancía, alojamiento interno, servicios gastronómicos y de alimentación social que realicen las actividades de rectoría del Mincin.</p>
<p>Sin embargo, todos los establecimientos comerciales estarán sujetos a la norma aunque pertenezcan a otras entidades, remarcó la vicetitular.</p>
<p>Solo se exceptúan aquellos establecimientos ubicados en zonas de silencio (sin conectividad) debidamente certificadas por la Empresa de Telecomunicaciones Etecsa que en ese establecimiento no es aplicable el pago electrónico.</p>
<p>La norma entrará en vigor 30 días después a la publicación en la Gaceta Oficial, a partir de ese momento las nuevas inscripciones deben contemplar al menos tener una forma de pago en línea y los actores existentes tendrán hasta 60 días para cumplir ese requisito. Concluido el plazo se aplicará el Decreto 184 que establece que el incumplimiento de los requisitos para operar conlleva a la adopción de una contravención o el cierre de las operaciones en el establecimiento hasta cumplir el requisito de pago digital. (ALH)</p>
<p><a href="https://cubasi.cu/es/noticia/cuba-establece-nueva-norma-para-el-registro-de-entidades-comerciales"><strong><span style="color: #000080;">Tomado de CubaSí</span></strong></a></p>
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		<title>Entidades estatales podrán financiar reparación de viviendas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Redacción TV Yumurí]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 28 Sep 2023 14:16:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuba]]></category>
		<category><![CDATA[Destacados]]></category>
		<category><![CDATA[financiar reparación de viviendas]]></category>
		<category><![CDATA[Gaceta Oficial]]></category>
		<category><![CDATA[Resolución No. 201/2023 del Ministro de Finanzas y Precios]]></category>
		<category><![CDATA[TVYumuri]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano y las Organizaciones...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>Las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano y las Organizaciones Superiores de Desarrollo Empresarial (OSDE) podrán desde ahora utilizar el fondo de adquisición, reparación y construcción de viviendas, para financiar el arreglo de las casas que son propiedad de sus trabajadores.</strong></p>
<p>Así lo establece la <a href="https://www.mfp.gob.cu/noticia/840"><span style="color: #000080;"><strong>Resolución No. 201/2023 del Ministro de Finanzas y Precios</strong></span></a>, publicada en la Gaceta Oficial No. 64 Extraordinaria de 27 de septiembre de 2023, que actualiza el procedimiento para el Sistema de Relaciones Financieras entre esas entidades con el Estado.</p>
<p>En realidad en los últimos años este mecanismo se ha flexibilizado, en correspondencia con la conceptualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista el cual señala que el Estado, en su condición de representante del propietario –el pueblo-, regula los destinos de las utilidades que se generan por las entidades de ese sistema empresarial.</p>
<p>Las principales modificaciones que se disponen en la nueva norma, y que responden a criterios, dudas y recomendaciones recibidas, consisten en que se amplían los destinos para la creación de reservas voluntarias, entre ellas, el Fondo de Responsabilidad Social, el cual contribuye a la atención a los trabajadores activos o jubilados.</p>
<p>Según el sitio web del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), en ambos casos se benefician los trabajadores, que entre otros participan en la creación de las utilidades, y también se reconoce la responsabilidad social de estas entidades con participar en la transformación del barrio donde están enclavadas, y viven los propios trabajadores.</p>
<p>Como parte del programa de estabilización macroeconómica y las medidas asociadas a la disminución de los elevados déficits fiscales, que ha presentado la economía en los últimos años, se impone la necesidad de incrementar los ingresos al Presupuesto del Estado, para que cada empresa estatal contribuya al financiamiento de los gastos sociales.</p>
<p>La magnitud del Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal, y los dividendos declarados en las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, se incrementa como mínimo al 60 por ciento del valor de la utilidad después de Impuesto.</p>
<p>Se exceptúan de lo anterior los sectores de trasmisión de energía eléctrica, agropecuario, producción industrial de alimentos, comercio minorista de bienes, servicio de transporte, abasto de agua y saneamiento, y suministro de gas licuado y manufacturado.</p>
<p>De acuerdo con la Resolución No. 201/2023 del Ministro de Finanzas y Precios, las actividades con precios centralizados y que presenten una rentabilidad sobre ventas netas inferior al 50 por ciento, mantienen el Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal como mínimo del 50 por ciento.</p>
<p>Las entidades económicas que inviertan un 25 por ciento de sus utilidades retenidas, para crear reservas voluntarias en la compra de Deuda Pública, mantienen el Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal como mínimo del 50 por ciento.</p>
<p>Los accionistas de sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano y las empresas estatales accionistas de sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, y de empresas mixtas, aportan al Presupuesto del Estado el 60 por ciento de los dividendos ganados.</p>
<p>Se faculta a las Juntas de Gobierno para autorizar la creación de reservas voluntarias que generan extracción de liquidez de forma inmediata en las entidades empresariales.</p>
<p>La nueva norma jurídica deroga las resoluciones 124 y 393, del 5 de mayo y 27 de septiembre del 2021, respectivamente, ambas emitidas por el MFP.</p>
<p>De acuerdo con el sitio web del organismo, a la publicación en Gaceta Oficial de la Resolución 201 antecedió un proceso de capacitación al sistema empresarial, para garantizar efectividad en su adecuada implementación. (ALH)</p>
<p>Fidel Rendón Matienzo/<a href="https://www.acn.cu/economia/entidades-estatales-podran-financiar-reparacion-de-viviendas"><strong>ACN</strong></a></p>
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